ACUERDO GUBERNATIVO 5-2016
Se acuerda aprobar la Distribución Analítica de la Ampliación al Presupuesto General de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2016.
ACUERDO GUBERNATIVO DE PRESUPUESTO NÚMERO 5-2016 EJERCICIO FISCAL 2016
Guatemala, 25 de julio de 2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República de Guatemala, por medio del Decreto número 14-2015, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Dieciséis, Artículo 69, reformado por el Artículo 5 del Decreto número 29-2016 Ley para la Viabilización de la Ejecución Presupuestaria y Sustitución de Fuentes de Financiamiento al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2016, ambos del Congreso del la República de Guatemala donde se aprueba que dicho Presupuesto se ampliara hasta en la cantidad de SETECIENTOS MILLONES DE QUETZALES (Q700,000,000), para la ejecución de recursos provenientes de donaciones externas, préstamos que estén en ejecución y que no tengan espacio presupuestario y de la aplicación de la Ley de Extinción de Dominio, facultando al Organismo Ejecutivo para que a través del Ministerio de Finanzas Publicas, apruebe mediante Acuerdo Gubernativo, refrendando por dicho Ministerio, la distribución en detalle de los recursos mencionados, asignando las partidas específicas para su utilización;
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Economía, solicita ampliación a su Presupuesto de Egresos vigente por la cantidad total de VEINTE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO CATORCE QUETZALES (Q20,755,114), para incorporar recursos de préstamos externos;
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento de lo anterior, es procedente autorizar la distribución analítica de la ampliación presupuestaria mencionada, en vista que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen número 349 de fecha 15 JUL 2016 , emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución número 175 de fecha 15/07/2016, del Ministerio de Finanzas Públicas;
CONSIDERANDO:
Que al tenor de lo preceptuado en los artículos 13, 29 y 29 Bis, del Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, la asignación no obliga a la realización de los gastos, y las autoridades superiores del Ministerio de Economía, serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la distribución analítica de la ampliación presupuestaria y la utilización correcta de los créditos aprobados mediante el presente Acuerdo Gubernativo;
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literales e) y q), y conforme lo que establece el Artículo 69 del Decreto número 14-2015, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Dieciséis, reformado por el Artículo 5 del Decreto número 29-2016 Ley para la Viabilización de la Ejecución Presupuestaria y Sustitución de Fuentes de Financiamiento al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2016 ambos del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA:
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