ACUERDO GUBERNATIVO 143-2016
Se acuerda aprobar inscripción de la posesión sobre una fracción de terreno a favor de la Municipalidad de Zaragoza, departamento de Chimaltenango.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 143-2016
Guatemala, 21 de julio de 2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo Gubernativo Número 463-2014 de fecha 18 de diciembre de 2014, publicado en el Diario de Centro América el 2 de enero de 2015 se aprobaron las diligencias de inscripción de la posesión a favor de la Municipalidad de Zaragoza, departamento de Chimaltenango, de una fracción de terreno de 336.53 metros cuadrados, ubicada en la 4a calle 2-42, zona 2, municipio de Zaragoza, departamento de Chimaltenango; para la construcción de las instalaciones de un Centro de Capacitaciones de conformidad con el punto séptimo del Acta Número COM-07-2013 de fecha 21 de febrero de 2013.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado a través del Expediente Número 2013-27042 opinó de manera favorable respecto de derogar el Acuerdo Gubernativo citado; asimismo, al haberse cumplido con el procedimiento señalado en el Decreto Ley Número 141-85 del Jefe de Estado; es procedente aprobar las diligencias de inscripción de la posesión a favor de la Municipalidad de Zaragoza, departamento de Chimaltenango, sobre una fracción de terreno de 336.53 metros cuadrados, de conformidad con el punto séptimo del Acta Número COM-07-2013 de fecha 21 de febrero de 2013 del Concejo Municipal, modificada por el punto cuarto del Acta Número COM-21-2015 de fecha 18 de junio de 2015 del Concejo Municipal, para que se lleve a cabo la construcción de un Centro de Capacitaciones, ubicada en la 4a calle 2-42, zona 2, municipio de Zaragoza, departamento de Chimaltenango, por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; artículo 2 literal c) del Decreto Ley Número 141-85 del Jefe de Estado.
ACUERDA
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