ACUERDO GUBERNATIVO 78-2015
Se adscribe a favor del ministerio de Educación la donación a titulo gratuito que hace la municipalidad de tajumulco, San Marcos, sobre una fracción de terreno.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 78-2015
Guatemala, 25 de febrero de 2015
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente 2013-7322 (Ref. S-3112-2009) opinó de manera favorable la inscripción de la posesión a favor del Estado para ser adscrita al Ministerio de Educación de una fracción de terreno de 425.0784 metros cuadrados, carente de registro, que donó la municipalidad de Tajumulco, departamento de San Marcos, a través del punto segundo del acta número 29-2009 de fecha 5 de agosto de 2009 y su ampliación contenida en el punto décimo del acta número 23-2013 de fecha 5 de junio de 2013, para que se construya la Escuela Oficial Rural Mixta del Caserío El Naranjo, aldea Chanchicupe, municipio de Tajumulco, departamento de San Marcos, al haberse cumplido con el procedimiento señalado en el Decreto Ley número 141-85 del Jefe de Estado; es procedente aprobar las diligencias de inscripción de la posesión del citado inmueble; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto número 114- 97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; 2 literal c) del Decreto Ley número 141-85 del Jefe de Estado.
ACUERDA
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