ACUERDO  162-2014

Se acuerda Aprobar el presupuesto de ingresos y Egresos del Ministerio Público, para el período comprendido del uno (1) de enero al treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil quince (2015).


Acuerdo número ciento sesenta y dos
guión dos mil catorce (162-2014)

Guatemala, treinta de diciembre del año dos mil catorce


LA FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA Y
JEFA DEL MINISTERIO PÚBLICO


CONSIDERANDO

Que conforme a lo estipulado en la Constitución Política de la república de Guatemala, el Ministerio Público, es una institución auxiliar de la administración pública y de los tribunales con funciones autónomas; en tal sentido, éste se organiza conforme a los principios de autonomía y jerarquía, y anualmente se le asigna una partida en el Presupuesto General de la Nación, para que sus recursos los administre de manera autónoma en función a sus propios requerimientos.


CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica del Ministerio Publico, faculta a la Fiscal General de la República y Jefa del Ministerio Público, para impartir las instrucciones convenientes en el área financiera, para cumplir y velar que se cumplan los objetivos y metas propuestas para el presente ejercicio fiscal.


CONSIDERANDO

Que el Congreso de la República aprobó mediante el Decreto número 22-2014 Ley de Implementación de Medidas Fiscales, Aprobación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el ejercicio Fiscal 2015 y Aprobación de Financiamiento para el Ejercicio Fiscal 2014, el monto de Un mil cinco millones 00/100 de quetzales (Q1,005,000,000.00), conformados por Novecientos millones 00/100 de quetzales (Q900,000,000.00) con fuente 11 -Ingresos Corrientes-, Cien millones 00/100 de quetzales (Q100,000,000.00) con fuente 41 -Colocaciones Internas- (bonos del tesoro) y Cinco millones 00/100 de quetzales (Q5,000,000.00) con fuente 52 -Préstamos Externos-(BID).


POR TANTO

En el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 251 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 3,10,11 incisos 1), 2) y 7); 54, 56 y 66 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Decreto número 40-94 del Congreso de la República de Guatemala.


ACUERDA

 
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