ACUERDO MUNICIPAL  27-2014

Reglamento para la administración, operación y mantenimiento del servicio de agua potable del Municipio de Santiago Atitlán, del departamento de Sololá.


ACUERDO NÚMERO 27-2014


EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE SANTIAGO ATITLAN, DEL DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ


CONSIDERANDO:

Que las municipalidades son instituciones autónomas y además deberán procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean necesarios, y que es facultad del Concejo Municipal, el establecimiento, planificación, reglamentación, programación, control y evaluación de los servicios públicos municipales, así como las decisiones sobre las modalidades institucionales para su prestación, teniendo siempre en cuenta la preeminencia de los intereses públicos y la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales.


CONSIDERANDO:

Que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial, entre ellos el abastecimiento de agua potable debidamente clorada; por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo y, en su caso, la determinación y cobro de tasas y contribuciones equitativas y justas, atendiendo los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura.


CONSIDERANDO:

Que es necesario que la Municipalidad de Santiago Atitlán, del departamento de Sololá, cuente con un instrumento legal, para tener eficiente y eficaz administración, operación y mantenimiento del servicio de agua potable, por lo que es urgente emitir y aprobar la disposición municipal correspondiente.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los Artículos 253 inciso c) y 262 de la Constitución de la República de Guatemala; 3, 35 incisos e) e i) y 72 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República del Guatemala y del 78 al 91 del Código de Salud, Decreto 90-97 del Congreso de la República de Guatemala.


ACUERDA:

Que mediante sesión ordinaria del lunes cuatro de agosto del año dos mil catorce, se suscribió el acta No.32-2014, en la que aparece el punto que copiado literalmente dice: "SEXTO: El Presidente del Concejo Municipal ciudadano Alcalde Tomás Chiviliú Quievac, en coordinación con las comisiones municipales, trasladan al Concejo la necesidad de:

Emitir y aprobar el siguiente:


REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO
DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DEL MUNICIPIO
DE SANTIAGO ATITLAN, DEL DEPARTAMENTO DE SOLOLA.


TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES


CAPÍTULO ÚNICO
MARCO GENERAL

 
...
Consultas:
  • Buscado: 942 veces.
  • Ficha Técnica: 8 veces.
  • Imagen Digital: 8 veces.
  • Texto: 7 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 4 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu