ACUERDO GUBERNATIVO  245-2014

Se acuerda aprobar la ampliación del Presupuesto de Ingresos del Instituto de Ciencia y Tecnología Agrícola (ICTA), correspondiente al Ejercicio Fiscal 2014.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 245-2014

Guatemala, 5 de agosto de 2014


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;


CONSIDERANDO:

Que el Instituto de Ciencia y Tecnología Agrícolas (ICTA), solicitó autorización para ampliar su Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Catorce, en la cantidad de DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS QUETZALES EXACTOS (Q2,430,500), con el propósito de incorporar tales recursos provenientes de la venta de semillas certificadas de maíz, frijol y ajonjolí, y material vegetativo de camote, yuca y papa, mismos que su producción se promoverá y apoyará a través del Programa de Agricultura Familiar para el Fortalecimiento de la Economía Campesina y serán destinados al cumplimiento de las actividades programadas dentro de su Plan Operativo Anual del año 2014;


CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, y su Reglamento, establecen que cuando se amplié el presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas;


CONSIDERANDO:

Que al tenor de lo que preceptúa el Decreto número 101 -97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las autoridades del Instituto de Ciencia y Tecnología Agrícolas (ICTA), serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la correcta utilización de los créditos aprobados con el presente Acuerdo:


CONSIDERANDO:

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen número 418 de fecha 23 JUL. 2014, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, y la Resolución número 241 de fecha 29/07/2014 del Ministerio de Finanzas Públicas;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q), y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y lo que establece el Acuerdo Gubernativo número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44;


ACUERDA:

 
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