ACUERDO GUBERNATIVO 155-2014
Se acuerda ampliación al Presupuesto de Ingresos del Comité Nacional de Alfabetización (Conalfa), para el presente ejercicio fiscal.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 155-2014
Guatemala, 15 de mayo de 2014
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento establecen que toda ampliación o disminución presupuestaria deberán someterse a la aprobación del Organismo Ejecutivo para lo cual, será necesario contar previamente con la opinión del Ministerio de Finanzas Públicas;
CONSIDERANDO:
Que el Comité Nacional de Alfabetización (Conalfa), solicitó al Ministerio de Finanzas Públicas autorizar una disminución a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el presente ejercicio fiscal, con fuente de financiamiento 12 Disminución de caja y bancos de recursos del tesoro, la cual fue aprobada en el punto sexto del Acta número 003-2014, de la sesión celebrada por la Junta Directiva de esa entidad, el 27 de febrero de 2014;
CONSIDERANDO:
Que al tenor de lo que preceptúa el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículos 29 y 29 Bis, las autoridades del Comité Nacional de Alfabetización (Conalfa), son responsables de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de esa entidad, por lo que, queda bajo su responsabilidad la disminución presupuestaria propuesta;
CONSIDERANDO:
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen número 201 del 14 ABR. 2014, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución número 110 del 22/04/2014 del Ministerio de Finanzas Públicas;
POR TANTO:
En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literal e); y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 41 del Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, así como lo que establece el Artículo 44 del Acuerdo Gubernativo número 540-2013, Reglamento de la citada Ley;
ACUERDA:
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