ACUERDO MINISTERIAL 67-2014
Se acuerda reconocer la personalidad jurídica de la FUNDACION RECUPERANDO LA VIDA, abreviado FUNDA VIDA.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 67-2014
Guatemala, 10 de febrero de 2014
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN
CONSIDERANDO:
Que el Presidente del Consejo Directivo Provisional y Representante Legal de la FUNDACIÓN RECUPERANDO LA VIDA abreviado FUNDA VIDA, solicitó a este Ministerio, el reconocimiento de la personalidad jurídica y la aprobación de sus estatutos.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 34 de la Constitución Política de la República de Guatemala, reconoce el derecho de libre asociación y que nadie está obligado a asociarse ni a formar parte de grupos o asociaciones de autodefensa o similares, exceptuando únicamente el caso de la colegiación profesional.
CONSIDERANDO:
Que el instrumento público en que consta el acto constitutivo y los estatutos de la Fundación, cumple con los requisitos de ley y las directrices dictadas por este Ministerio, y contándose con la opinión favorable de la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio y visto bueno de la Procuraduría General de la Nación, es procedente dictar la disposición ministerial correspondiente.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) y 36 literal b) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República y con fundamento en los artículos 15 numeral 2, 20 y 31 segundo párrafo del Código Civil, Decreto Ley 106 y sus reformas; 8 del Acuerdo Gubernativo número 512-98 de fecha veintinueve de julio del año mil novecientos noventa y ocho; y artículo 3 del Acuerdo Gubernativo número 515-93 de fecha seis de octubre del año mil novecientos noventa y tres.
ACUERDA:
- Buscado: 1,158 veces.
- Ficha Técnica: 5 veces.
- Imagen Digital: 5 veces.
- Texto: 3 veces.
- Formato PDF: 0 veces.
- Formato Word: 2 veces.