ACUERDO 117-2013
Se aprueba el presupuesto de ingresos y egresos del Ministerio Público, para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil catorce.
ACUERDO NÚMERO CIENTO SETENTA Y SIETE GUIÓN DOS MIL TRECE (177-2013)
Guatemala, treinta de diciembre del año dos mil trece.
EL FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA Y JEFE DEL MINISTERIO PÚBLICO EN FUNCIONES
CONSIDERANDO
Que conforme a lo estipulado en la Constitución Política de la república de Guatemala, el Ministerio Público, es una institución auxiliar de la administración pública y de los tribunales con funciones autónomas; en tal sentido, éste se organiza conforme a los principios de autonomía y jerarquía, y anualmente se le asigna una partida en el Presupuesto General de la Nación, para que sus recursos los administre de manera autónoma en función a sus propios requerimientos.
CONSIDERANDO
Que la Ley Orgánica del Ministerio Publico, faculta al Fiscal General de la República y Jefe del Ministerio Público, para impartir las instrucciones convenientes en el área financiera, para cumplir y velar que se cumplan los objetivos y metas propuestas para el presente ejercicio fiscal.
CONSIDERANDO
Que el Congreso de la República no aprobó el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal dos mil catorce (2014), y con base a la literal b) del artículo 171 de la Constitución Política de La República de Guatemala, el presupuesto vigente para el Ejercicio Fiscal dos mil catorce (2014), será el mismo que fuera aprobado para el Ejercicio Fiscal dos mil trece (2013) según Decreto 30-2012.
POR TANTO
En el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 251 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 3, 10, 11 incisos 1), 2) y 7); 54, 56 y 66 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Decreto número 40-94 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA
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