ACTA  02-2013.20

Reglamento para la prestación del servicio de moto taxis rotativos, del municipio de San Andrés, Peten.

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDA SAN ANDRÉS, DEPARTAMENTO DE PETEN, CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO HA TENIDO A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, NUMERO DIECIOCHO (18), EN EL CUAL SE ENCUENTRA EL ACTA NUMERO 02-2013, DE LA SESIÓN PUBLICA ORDINARIA, CELEBRADA POR EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, EL CUATRO DE ENERO DEL DOS MIL TRECE, EN DONDE EN SU PUNTO VIGÉSIMO, COPIADA EN SU PARTE CONDUCENTE DICE: - -

ACTA No. 02-2013: Sesión Pública Ordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal de San Andrés, departamento de Petén, siendo las Dieciséis horas con treinta minutos del día viernes cuatro de enero de dos mil trece, reunidos en el Despacho Municipal el Profesor Milton Saúl Méndez Fión, Alcalde Municipal quien preside la Reunión, asistido por los Síndicos Municipales Primero y Segundo Milton Estuardo Sinturión García, Juan Alfonso Vega Hernández, los Concejales Municipales del Primero, Segundo, Tercero y Quinto en su orden, Profesor Héctor de Jesús Girón Manzanero, Oscar Armando Gálvez, Jorge Mario Contreras Ramírez y Eriberto Alcides Sánchez Rodríguez, así como la Secretaria Municipal que suscribe, para dejar constancia de lo siguiente: - - -
"PUNTO VIGÉSIMO:


LA MUNICIPALIDAD DE SAN ANDRÉS, DEPARTAMENTO DE PETEN


CONSIDERANDO

Que actualmente se encuentra circulando vehículos tipo motocicleta de tres ruedas, comúnmente denominados MOTO- TAXIS, en el área urbana del Municipio de San Andrés, Peten, prestando servicio de transporte colectivo.

CONSIDERANDO

Que dichos vehículos están prestando un servicio al público sin estar regulados en el Reglamento de Tránsito y que es obligación de las municipalidades el normar lo relativo al tránsito y transporte de personas dentro de su jurisdicción municipal.


CONSIDERANDO

Que es obligación legal del Estado garantizar la vida, el bienestar social y económico, así como la salud de los habitantes; por lo que la Municipalidad de San Andrés, Petén, apegada a los preceptos constitucionales que nos rigen toma la determinación de cumplir con tal cometido dentro de su jurisdicción en beneficio de los intereses de sus vecinos.


POR TANTO:

En uso de las facultades que le confieren los artículos 253 y 254 de la constitución política de la república de Guatemala; Artículos 3,4,5,6,9,33 y 35 literal i) del Código Municipal.

ACUERDA

Emitir el siguiente:


REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MOTO TAXIS ROTATIVOS,
DEL MUNICIPIO DE SAN ANDRÉS, PETEN.


I. DISPOSICIONES GENERALES

 
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