ACUERDO  94-2012

Se acuerda emitir el Reglamento de emisión de Certificaciones Registrales del Registro Civil de las Personas.

Derogado por Acuerdo de Directorio 58-2015


ACUERDO DEL DIRECTORIO NÚMERO 94-2012


EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS


CONSIDERANDO:

Que por disposición del artículo 30 de la Constitución Política de la República de Guatemala, todos los actos de la administración son públicos, por lo que los interesados tienen derecho a obtener en cualquier tiempo, informes, copias, reproducciones y certificaciones que soliciten.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 83 del Decreto numero 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Registro Nacional de las Personas y sus reformas, establece que la emisión de certificaciones de los asientos registrales, será regulada en el reglamento respectivo.


CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de las Personas -RENAP- debe garantizar los medios y mecanismos necesarios y efectivos, incorporando tecnología que permita asegurar la emisión de las certificaciones de los asientos registrales dotadas de certeza jurídica.


POR TANTO:

En el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 1, 2, 3, 5, 6 y 15, literal g) de la Ley del Registro Nacional de las Personas,


ACUERDA:

Emitir el siguiente,


REGLAMENTO DE EMISIÓN DE CERTIFICACIONES REGISTRALES DEL REGISTRO CIVIL DE LAS PERSONAS


DISPOSICIONES GENERALES

 
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