ACUERDO 94-2012
Se acuerda emitir el Reglamento de emisión de Certificaciones Registrales del Registro Civil de las Personas.
Derogado por Acuerdo de Directorio 58-2015
ACUERDO DEL DIRECTORIO NÚMERO 94-2012
EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
CONSIDERANDO:
Que por disposición del artículo 30 de la Constitución Política de la República de Guatemala, todos los actos de la administración son públicos, por lo que los interesados tienen derecho a obtener en cualquier tiempo, informes, copias, reproducciones y certificaciones que soliciten.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 83 del Decreto numero 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Registro Nacional de las Personas y sus reformas, establece que la emisión de certificaciones de los asientos registrales, será regulada en el reglamento respectivo.
CONSIDERANDO:
Que el Registro Nacional de las Personas -RENAP- debe garantizar los medios y mecanismos necesarios y efectivos, incorporando tecnología que permita asegurar la emisión de las certificaciones de los asientos registrales dotadas de certeza jurídica.
POR TANTO:
En el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 1, 2, 3, 5, 6 y 15, literal g) de la Ley del Registro Nacional de las Personas,
ACUERDA:
Emitir el siguiente,
REGLAMENTO DE EMISIÓN DE CERTIFICACIONES REGISTRALES DEL REGISTRO CIVIL DE LAS PERSONAS
DISPOSICIONES GENERALES
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