ACUERDO GUBERNATIVO 563-2011
Acuerda emitir el Acuerdo que crea el Comité de Uso Racional de Medicamentos del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
ACUERDO MINISTERIAL No. 563-2011
Guatemala, 8 de septiembre de 2011
EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el goce de la salud es un derecho fundamental del ser humano sin discriminación alguna; que el Estado velará por la salud y la asistencia social de todos los habitantes; desarrollará, a través de sus instituciones acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social; asimismo, que la salud de los habitantes de la nación es un bien público; todas las personas e instituciones están obligadas a velar por su conservación y restablecimiento;
CONSIDERANDO:
Que el Código de Salud establece que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, tiene a su cargo la rectoría del Sector Salud, entendida como la conducción, regulación, vigilancia, coordinación y evaluación de las acciones e instituciones de salud a nivel nacional; asimismo, tendrá la función de formular organizar, dirigir la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos para la entrega de servicios de salud a la población; para cumplir con tales funciones el Ministerio de Salud tendrá las más amplias facultades para ejercer todos los actos y dictar todas las medidas que conforme a las leyes, reglamentos y demás disposiciones del servicio, competen al ejercicio de su función; que en relación al uso racional de los medicamentos, el Ministerio de Salud normará el suministro, la prescripción, promoción y uso adecuado de los medicamentos, según los niveles de atención de salud y escalones de complejidad, que queden establecidos en el modelo de atención de salud;
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud-OMS-, ha emitido múltiples resoluciones, a través de la Asamblea Mundial de la Salud, en las que insta a los Estados Miembros a la adopción de medidas concretas sobre el uso racional de los medicamentos por parte de los prescriptores, dispensadores y pacientes; que en el marco de las políticas de salud, para fortalecer la rectoría del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, en el caso de medicamentos está enfocado en promover y fortalecer acciones que garanticen la accesibilidad a medicamentos en consonancia con las resoluciones emitidas por la citada Organización, lo que constituye especial interés del Estado;
CONSIDERANDO:
Que la irracionalidad en el uso de los medicamentos sigue siendo un problema generalizado en el sector salud, público y privado, con graves consecuencias en términos de resultados inadecuados para los pacientes, reacciones adversas a los medicamentos, aumento de la resistencia a los antibióticos y sobreutilización de recursos; que siendo competencia y responsabilidad del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, normar el suministro, la prescripción, promoción y uso adecuado de los medicamentos, es necesario impulsar acciones tendientes a solucionar el uso racional y científicamente fundamentado de los medicamentos, por parte de los dispensadores y consumidores mejorando el acceso a los medicamentos esenciales, para lo cual es indispensable crear un Comité, cuya finalidad sea la de definir los lineamientos para la buena prescripción y dispensación racional de los medicamentos;
POR TANTO:
En el ejercicio y con fundamento en las funciones que le confieren los Artículos 93, 94, 95 y 194 literal a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) de la Ley del Organismo Ejecutivo y 9 literal a), 17 literales a), b) y e) y 173 del Código de Salud.
ACUERDA:
Emitir el siguiente,
ACUERDO QUE CREA AL COMITÉ DE USO RACIONAL DE MEDICAMENTOS DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL
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