ACUERDO GUBERNATIVO 20-04-1971
EMITE LAS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS PARA FACILITAR EL PAGO DE LAS ASIGNACIONES, PENSIONES Y DEMÁS PRESTACIONES A CARGO DEL ESTADO EN CASO DE FALLECIMIENTO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.
Disposiciones Reglamentarias para facilitar el pago de las asignaciones, pensiones y demás prestaciones a cargo del Estado en caso de fallecimiento de los servicios públicos.
Palacio Nacional: Guatemala, 20 de abril de 1971.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2º. del Decreto 10-71 del Congreso de la República, es necesario emitir las disposiciones reglamentarias para facilitar el pago de las asignaciones, pensiones y demás prestaciones a cargo del Estado en caso de fallecimiento de los servidores públicos o de las personas que se encuentren disfrutando de pensión; así como para la inmediata devolución de los excesos en las retenciones hechas a los obligados al Impuesto sobre la Renta, cuando tales excesos no pasen de cincuenta quetzales y las personas afectas hayan fallecido,
POR TANTO,
En uso de las facultades que le confiere el inciso 4º. del artículo 189 de la Constitución de la República y con base en lo dispuesto en el Decreto citado,
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