ACUERDO GUBERNATIVO 293-2010
Se acuerda aprobar la ampliación al Presupuesto de Ingresos del Instituto Nacional de Bosques, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2010.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 293-2010
Guatemala, 25 de octubre del 2010
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala estipula que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento establecen que en el caso de las entidades autónomas y de la Administración Central, las modificaciones presupuestarias referidas a transferencias que no afecten gastos, deberán ser aprobadas por la autoridad superior de la entidad, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas y aprobación del Organismo Ejecutivo;
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Bosques -INAB-, solicitó al Ministerio de Finanzas Públicas, una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2010, por un monto de DIECISEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO QUETZALES CON CUARENTA CENTAVOS (Q.16,789,585.40), con recursos provenientes de la Donación No. 61-0605-0009 "Fortalecimiento Programa Incentivos Forestales de Pequeños Propietarios de Bosques Modelo de Manejo Forestal", del Gobierno de Holanda, para el fortalecimiento del Programa de Incentivos para Pequeños Poseedores de Tierras de Vocación Forestal y Agroforestal -PINPEP-, con fuente de financiamiento 61 "Donaciones externas";
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo indicado anteriormente, es procedente autorizar la ampliación presupuestaria mencionada, en vista que se han cumplido los requisitos legales correspondientes, y con base en la opinión contenida en el Dictamen Número 552 de fecha 28 SET. 2010, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 380, de fecha 04/10/2010, emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;
CONSIDERANDO:
Que de conformidad al Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, "Ley Orgánica del Presupuesto", artículos 13 y 29, la asignación presupuestaria no obliga a la realización de los gastos y que las autoridades del Instituto Nacional de Bosques -INAB-, serán los autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que queda bajo su responsabilidad la utilización de los créditos presupuestarios contenidos en la presente ampliación presupuestaria, en consecuencia el Ministerio de Finanzas Públicas y esta Dirección Técnica del Presupuesto, no asumen responsabilidad alguna por la acción u omisión de actos previos y posteriores, que deriven en la ejecución de asignaciones presupuestarias que se afecten en el presente caso;
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el artículo 183, literales e) y q), lo que indica el Decreto No. 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, "Ley Orgánica del Presupuesto", artículo 41, y lo que establece el Acuerdo Gubernativo No. 240-98, Reglamento de la citada Ley, artículo 25; artículo 7 del Acuerdo Gubernativo No. 373-2009, que autoriza el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el ejercicio fiscal 2010, del Instituto Nacional de Bosques -INAB-;
ACUERDA:
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