CONVENIO 706
Convenio de Cooperación Financiera No Reembolsable entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la República de China (Taiwán).
YO, ALVARO COLOM CABALLEROS
Presidente de la República de Guatemala
DECLARO:
Que el Gobierno de la República de Guatemala habiendo suscrito en la Ciudad de Guatemala con fecha 7 de octubre de 2009 el CONVENIO DE COOPERACIÓN FINANCIERA NO REEMBOLSABLE ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHINA (TAIWÁN) PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE REHABILITACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LA CARRETERA CA-9 NORTE, TRAMO GUATEMALA-EL RANCHO, SUBTRAMO II AGUA CALIENTE-SANARATE (KILOMETRO 30.1 AL 57.0), ratifica por el presente dicho Convenio y se compromete a cumplir y aplicar fielmente las disposiciones que en el figuran.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, firmo el presente Instrumento.
Hecho en la Ciudad de Guatemala, a dos días del mes de diciembre de dos mil nueve.
EL VICEMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
ENCARGADO DEL DESPACHO
MANUEL ESTUARDO ROLDÁN BARILLAS
LIC. CARLOS LARIOS OCHAITA
SECRETARIO
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
CONVENIO DE COOPERACIÓN FINANCIERA NO REEMBOLSABLE ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
Y
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHINA (TAIWÁN)
PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE REHABILITACIÓN Y
AMPLIACIÓN DE LA CARRETERA CA-9 NORTE, TRAMO GUATEMALA-EL
RANCHO, SUBTRAMO II AGUA CALIENTE-SANARATE
(KILÓMETRO 30.1 AL 57.0)
El Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la República de China (Taiwán), en adelante "las Partes";
ANIMADOS por el deseo de estrechar las relaciones de amistad y asistencia que los unen mutuamente;
RECONOCIENDO la importancia de intensificar las relaciones de cooperación recíproca, a efectos de lograr el desarrollo mutuo;
TENIENDO presente que el mantenimiento de las amistosas relaciones diplomáticas constituyen la base del presente Convenio;
TOMANDO EN CONSIDERACION el Memorándum de Entendimiento celebrado entre los representantes del Gobierno de la República de Guatemala y del Gobierno de la República de China (Taiwán) con fecha dieciséis de agosto de dos mil cinco y la Carta de Intención en materia de Cooperación entre los Gobiernos de la República de Guatemala y la República de China (Taiwán) suscrito el veinte de junio de dos mil siete; Han acordado lo siguiente:
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