ACUERDO MINISTERIAL 563-2009
Acuerda aprobar la revocación del Acuerdo Ministerial número 2647-2008 de fecha veintiocho de octubre de dos mil ocho.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 563-2009
Guatemala, 28 de octubre de 2009
EL MINISTRO DE GOBERNACION
CONSIDERANDO:
Que por medio de Providencia número cuatro mil quinientos noventa de fecha uno de agosto del año mil novecientos ochenta y cinco se aprobaron las bases constitutivas y se reconoció la personalidad jurídica de la IGLESIA EVANGÉLICA "EL REFUGIO DE LAS OVEJAS", aprobando la modificación a sus bases constitutivas por medio del Acuerdo Ministerial número dos mil seiscientos cuarenta y siete guión dos mil ocho (2647-2008) de fecha veintiocho de octubre del año dos mil ocho.
CONSIDERANDO:
Que con fecha ocho de diciembre del año dos mil ocho, el señor Álvaro René Gómez Pérez, en su calidad de Presidente de la Junta Directiva y Representante Legal de la Iglesia relacionada, solicitó a este Ministerio la Revocación del Acuerdo Ministerial número dos mil seiscientos cuarenta y siete guión dos mil ocho (2647-2008) de fecha veintiocho de octubre del año dos mil ocho, por medio del cual se aprobó la modificación de las Bases Constitutivas de la IGLESIA EVANGÉLICA "EL REFUGIO DE LAS OVEJAS", así como la modificación de las mismas por medio de la Escribirá Pública número dieciocho (18) de fecha dieciocho de junio del año dos mil nueve, autorizada en la ciudad de Guatemala, por el Notario Rubén Dario Ventura Arrellano y en virtud de haberse cumplido con los requisitos de ley, es procedente emitir la disposición legal que en derecho corresponde.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) y 36 literal b), del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo y con fundamento en el artículo 15 numeral 1º del Decreto Ley número 106 del Código civil.
ACUERDA:
- Buscado: 995 veces.
- Ficha Técnica: 17 veces.
- Imagen Digital: 14 veces.
- Texto: 10 veces.
- Formato PDF: 0 veces.
- Formato Word: 3 veces.