DECRETO DEL CONGRESO 31-2009
Se decreta aprobar: a) El Acuerdo de Alcance Parcial entre el Gobierno de Guatemala y Belice, y b) Canje de Notas celebrado entre el Ministerio Relaciones Exteriores y Comercio Exterior de Belice y Ministerio de Economía de Guatemala.
DECRETO NÚMERO 31-2009
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de Belice, suscribieron con fecha 26 de junio del 2006, un Acuerdo de Alcance Parcial, y que sobre el mismo hubo canje de notas de fechas 26 de junio del 2006 y 17 y 29 de noviembre de ese mismo año.
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo de Alcance Parcial, procura la facilitación, promoción, diversificación y expansión del comercio de mercancías originarias de las Partes, al otorgar márgenes preferenciales en sus aranceles, eliminar las barreras no arancelarias al comercio y establecer reglamentos claros sobre medidas técnicas sanitarias y fitosanitarias.
CONSIDERANDO:
Que es necesario el desarrollo de mecanismos para la promoción de la inversión y el establecimiento de un marco legal que le confiera certeza jurídica a las inversiones generadas entre las Partes, de conformidad con las disposiciones del propio Acuerdo y que éste no contiene normas que contravengan principios constitucionales, por lo que es procedente su aprobación, emitiendo en tal sentido la respectiva disposición legal.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confieren las literales a) y l) del artículo 171 de la Constitución Política de la República,
DECRETA:
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