ACTA MUNICIPAL  30.10

Se acuerda aprobar el Reglamento de inscripción de Personas Jurídicas y sus representantes legales en el Registro Municipal de las Personas Jurídicas -REMUPEJU- del municipio de Villa Canales, departamento de Guatemala.


ACTA NÚMERO 30 PUNTO DÉCIMO


LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA CANALES DEPARTAMENTO DE GUATEMALA


CERTIFICA:

Tener a la vista el Libro de Actas de Concejo Municipal número 58, en el que se encuentra el acta número 39 de fecha dieciocho de julio de dos mil ocho y en el ella en punto DECIMO el Acuerdo Municipal número 204-30-58-08 que copiado literalmente dice:


DECIMO: (Acuerdo No. 204-30-58-08)
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA CANALES DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA:


CONSIDERANDO:

 
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