ACTA MUNICIPAL 30.9
Se crea Registro Municipal de las Personas Jurídicas -REMUPEJU-, que tendrá a su cargo el registro, autorización, inscripción y archivo de las mismas que se constituyan en el municipio de Villa Canales, departamento de Guatemala.
ACTA NÚMERO 30 PUNTO NOVENO
LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA CANALES DEPARTAMENTO DE GUATEMALA
CERTIFICA:
Tener a la vista el Libro de Actas de Concejo Municipal número 58, en el que se encuentra el acta número 30 de fecha dieciocho de julio de dos mil ocho y en el ella en punto NOVENO el Acuerdo Municipal número 203-30-58-08 que copiado literalmente dice:
NOVENO: (Acuerdo No. 203-30-58-08)
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA CANALES DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.
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