ACUERDO GUBERNATIVO  3

Acuerda nombrar Vocales Militares para las diferentes Salas de la Corte de Apelaciones, a los Oficiales Superiores.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 3

Guatemala, 7 de julio 2008


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que es función del Presidente de la República, dictar los decretos para los que estuviere facultado por la Constitución Política de la República de Guatemala, así como los acuerdos, reglamentos y órdenes para el estricto cumplimiento de las leyes.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Código Militar, el Presidente de la República debe nombrar a los Oficiales Superiores en servicio activo que integran la Fuerza Permanente, para integrar las Cortes Marciales como Vocales Militares para las Salas de la Corte de Apelaciones de la República.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 183 literales c) y e) y 250 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y los artículos 471, 472 y 473 del Código Militar, segunda parte.


ACUERDA:

 
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