ACUERDO MINISTERIAL  DP-2135-2007

Acuerda modificar el segundo considerando, del Acuerdo Ministerial No. 1083 de fecha 17 de septiembre de 2004, modificado por el Acuerdo Ministerial número 772 de fecha 02 de junio de 2005.

*Derogado por el artículo 2 del Acuerdo Ministerial 2835-2023, que a su vez reformo el Acuerdo Ministerial 1083


ACUERDO MINISTERIAL No. DP-2135-2007

Guatemala, 16 de noviembre del 2007.


LA VICEMINISTRA DE EDUCACIÓN ENCARGADA DEL DESPACHO


CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo Gubernativo número 287-2004, de fecha 16 de septiembre de 2004 dispone que el Ministerio de Educación establecerá el procedimiento técnico objetivo y transparente de reclutamiento, selección y contratación temporal de personal con cargo al renglón presupuestario 021, que apoye al Ministerio de Educación en las diversas actividades que realiza, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria; fundamentado en un sistema objetivo de puntaje que toma en cuenta los aspectos académicos experiencia laboral, habilidades cognitivas, residencia y dominio del idioma local, según CONSIDERANDO: Que el Acuerdo Ministerial número 1083, de fecha 17 de septiembre de 2004, modificado por el Acuerdo Ministerial número 772 de fecha 02 de junio de 2005, instituye el procedimiento para el reclutamiento, selección y contratación temporal del personal cargado al renglón 021, para los niveles preprimaria y primaria, sin embargo, en su momento se excluyó los niveles, modalidades, programas y proyectos de educación extraescolar: primaria acelerada, básicos con modalidad de alternancia y capacitación técnica para el desarrollo de habilidades productivas, sociales y culturales, tomando en cuenta las particularidades que caracterizan la educación extraescolar, por lo que es necesario establecer el procedimiento para el reclutamiento, selección y contratación temporal para el renglón 021 de los niveles escolar y del personal de la educación extraescolar.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 193 y 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala y lo preceptuado en los artículos 20, 27 y 33 de la Ley del Organismo Ejecutivo; Decreto 114-97 del Congreso de la República del Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo y 8 del Acuerdo Ministerial Número 1083 de fecha 17 de septiembre de 2004.


ACUERDA:

 
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