ACUERDO GUBERNATIVO  629-2006

Ampliación al Presupuesto de Ingresos del Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala -IRTRA-, para el Ejercicio Fiscal 2006.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 629-2006

Guatemala, 29 de diciembre de 2006.


EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,


CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva del Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala -IRTRA-, resolvió aprobar la ampliación a su presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2006, el cual fue aprobado mediante Acuerdo Gubernativo número 665-2005 de fecha 15 de diciembre de 2005, por lo que la Junta Directiva mediante Acta número 3,581 de fecha 29 de agosto de 2006, aprueba una ampliación a su presupuesto con la finalidad de cubrir gastos relacionados con: a) gas propano para uso de hotelería, lavandería y restaurantes, combustibles para uso de vehículos a cargo del complejo hotelero Tzapotitlán; b) costaneras y vigas tipo I, para la estructura metálica del techo del complejo de toboganes Nido de Serpientes y para estructura de rótulos metálicos en ingreso al Parque Acuático Xocomil; c) peluches entregados como premios en los juegos de Arcada en distintos concursos, del Parque de Diversiones Xetulul; d) juegos electromecánicos y de video para los visitantes en el área de Hoteles y en los Parques: Recreativo Urbano Petapa y de Diversiones Xetulul; e) Un tren con ruedas de hule con vagones para el traslado de los huéspedes de los Hostales hacia los parques Acuatico Xocomil y de Diversiones Xetulul, en el área Vacacional y Recreativa Tzapotitlán en el departamento de Retalhuleu;


CONSIDERANDO:

Que es procedente autorizar la ampliación presupuestaria mencionada, en vista que se han llenado los requisitos legales correspondientes con base en la opinión contenida en el Dictamen No. 720 emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, y la Resolución número 836 emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;


POR TANTO;

En ejercicio de las funciones que le confiere en el articulo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala; lo que preceptúa el artículo 41 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, y lo que establece el artículo 25 del Acuerdo Gubernativo Número 240-98, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto;


ACUERDA:

 
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