ACUERDO MINISTERIAL 263-2006
Reforma el Acuerdo Ministerial número 182-2000 de fecha 24 de mayo de 2000; en el cual fue emitido el Reglamento de Descentralización Administrativa del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 263-2006
Guatemala, 27 de diciembre de 2006.
EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Ministerial número 182-2000 de fecha 24 de mayo del año 2000, fue emitido el Reglamento de Descentralización Administrativa del Ministerio de Trabajo y Previsión Social que regula la Organización y Funcionamiento de las Direcciones Regionales, Delegaciones Departamentales y Delegaciones Municipales del Ministerio del Ramo.
CONSIDERANDO:
Que actualmente lo requisitos que establecen los artículos 6°. y 7º. del Acuerdo Ministerial referido en el primer considerando del presente Acuerdo, indican que los cargos de, Coordinador General de Direcciones Regionales, Delegaciones Departamentales y Delegaciones Municipales, así como de los Directores Regionales, ambos del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, deberán ser Abogados y Notarios, con experiencia dentro del ramo laboral y por lo menos con doce y ocho años de ejercicio profesional, respectivamente; artículos que contravienen de conformidad con el inciso k) de la cláusula Segunda "Serie Ejecutiva" de la resolución número D-90-5535, REF. CLASAL/90-J-052 emitida de la Dirección de la Oficina Nacional de Servicio Civil -ONSEC-, Modificaciones al Plan de Clasificación de Puestos para el Organismo Ejecutivo y aprobada mediante Acuerdo Gubernativo número 9-91 de fecha 10 de enero del año 1991, en el que establece que los referidos puestos asignados a ésta serie son de libre nombramiento y remoción, toda vez que los mismos obedecen a la magnitud de la dependencia, cobertura y jerarquía dentro de la estructura organizacional a nivel gubernamental, por lo que se hace necesaria la reforma a los artículos referidos en el presente considerando.
POR TANTO:
En base a lo considerado y lo que para el efecto establecen los artículo 194 incisos a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 incisos a), c), f) y m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; y, 36 del Acuerdo Gubernativo número 242-2003, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Trabajo y Previsión Social,
ACUERDA:
REFORMAR EL ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 182-2000
DE FECHA 24 DE MAYO DEL AÑO 2000
REGLAMENTO DE DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA DEL
MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
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