DECRETO DEL CONGRESO  24-2006

Ley del Día Nacional de los Pueblos Indígenas de Guatemala.


DECRETO NÚMERO 24-2006


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que la nación guatemalteca reconoce la unidad en la diversidad de culturas en su territorio y que Guatemala está formada por diversos grupos étnicos y pueblos indígenas, entre los cuales figuran los pueblos de ascendencia maya.


CONSIDERANDO:

Que Guatemala tiene una Constitución Política en la que se establece que el Estado reconoce, respeta y promueve las formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización social, el uso del traje indígena en hombres y mujeres, idiomas y dialectos de estos pueblos indígenas que habitan el territorio nacional.


CONSIDERANDO:

Que en la cumbre de Guadalajara de 1991, los jefes de estado y de gobierno de Iberoamérica reconocieron la inmensa contribución de los pueblos indígenas al desarrollo y pluralidad de nuestras sociedades y la obligación de respetar los derechos y la identidad cultural de los pueblos indígenas.


CONSIDERANDO:

Que es necesario reconocer que estos pueblos indígenas le han dado la profundidad histórica a nuestra identidad y nacionalidad, por lo que estamos obligados como nación a luchar contra la discriminación y la desigualdad que sufre esta mayoría de guatemaltecos y lograr así el respeto a sus tradiciones, y a su condición como verdaderos ciudadanos en el pleno ejercicio de sus derechos y obligaciones, y dignificar a estos pueblos que históricamente han estado relegados al margen del desarrollo nacional.


CONSIDERANDO:

Que además de los xinkas y garífunas, las 22 comunidades lingüísticas mayas que existen en la actualidad son descendientes de los mayas antiguos y comparten una raíz común en sus idiomas y culturas, basadas en el clásico maya; dichas comunidades merecen un reconocimiento general como pueblos que han sabido con su tenacidad sobrevivir a las limitaciones culturales, políticas, económicas y espirituales en las que se han desarrollado desde la conquista hasta nuestros días.


CONSIDERANDO:

Que es importante dar cumplimiento a los mandatos específicos de la Constitución Política de la República de Guatemala y de la reciente Ley Marco de los Acuerdos de Paz, instrumentos en los cuales se puede deducir el retraso en el cumplimiento del Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, y atendiendo a los mandatos de las Naciones Unidas en torno a la lucha contra el racismo y la discriminación de los pueblos indígenas, y finalmente cumpliendo con los convenios internacionales, como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el derecho de las Poblaciones Indígenas y Tribales, ratificado por Guatemala.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal a) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala.


DECRETA:

La siguiente:


LEY DEL DÍA NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE GUATEMALA

 
...
Consultas:
  • Buscado: 3,467 veces.
  • Ficha Técnica: 96 veces.
  • Imagen Digital: 96 veces.
  • Texto: 96 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 14 veces.
  • Formato Word: 26 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu