RESOLUCIÓN JM-27-2006
Reglamento Sobre el Retiro del País de las Sucursales de Bancos Extranjeros.
JUNTA MONETARIA
RESOLUCIÓN JM-27-2006
Inserta en el punto Cuarto del Acta 9-2006, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 1 de marzo de 2006.
PUNTO CUARTO: Proyecto de Reglamento sobre el retiro del país de las sucursales de bancos extranjeros.
RESOLUCIÓN JM-27-2006.
Conocido el Oficio No. 2536-2005 del Superintendente de Bancos, del 29 de agosto de 2005, mediante el cual se eleva a consideración de esta Junta el proyecto de Reglamento sobre el Retiro del País de las Sucursales de Bancos Extranjeros; y, CONSIDERANDO: Que el artículo 18 de la Ley de Bancos y Grupos Financieros establece, en lo toral, que esta Junta reglamentará lo concerniente al retiro del país de las sucursales de bancos extranjeros, así corno del capital pagado de éstas; CONSIDERANDO: Que con el objeto de preservar la estabilidad del sistema financiero nacional, se hace necesario dictar las disposiciones tendentes a que el retiro de una sucursal de banco extranjero del país se lleve a cabo en forma ordenada, a efecto de que se protejan los intereses de los depositantes, inversionistas y demás acreedores de la misma; CONSIDERANDO: Que el proyecto de reglamento presentado por la Superintendencia de Bancos se estima adecuado para alcanzar el objetivo señalado, por lo que es procedente su emisión;
POR TANTO:
Con base en lo considerado, en lo dispuesto en los artículos 132 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 26, inciso m), de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala y 18 de la Ley de Bancos y Grupos Financieros, así como tomando en cuenta el Oficio No. 2536-2005 del Superintendente de Bancos, y los dictámenes conjuntos de la Asesoría Jurídica del Banco de Guatemala y Departamento Jurídico de la Superintendencia de Bancos, del 15 de noviembre y 27 de diciembre de 2005, y en opinión de sus miembros,
LA JUNTA MONETARIA
RESUELVE:
1. Emitir conforme anexo a la presente resolución, el Reglamento sobre el. Retiro del País de las Sucursales de Bancos Extranjeros.
2. Autorizar a la Secretaría de esta Junta para que publique la presente resolución, la cual entrará en vigencia el día de su publicación.
ARMANDO FELIPE GARCÍA SALAS ALVARADO
SECRETARIO
JUNTA MONETARIA
ANEXO A LA RESOLUCIÓN JM-27-2006
REGLAMENTO SOBRE EL RETIRO DEL PAÍS DE LAS SUCURSALES DE BANCOS EXTRANJEROS
CAPÍTULO 1
DISPOSICIONES GENERALES
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