ACUERDO GUBERNATIVO  488-97

Se Acuerda Ratificar En Su Totalidad El “Acuerdo Para La Constitución De Un Patrimonio Unitario Y Para Su Enajenación, Por Medio De Su Aportación, Conjuntamente Con Otros Bienes A Una Sociedad Mercantil Por Constituirse”.


ACUERDO GUBERNATIVO 488-97

Palacio Nacional: Guatemala, 24 de junio de 1997.


El Vicepresidente de la República, en funciones de Presidente,


CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva de la "Empresa Guatemalteca de Telecomunicaciones, GUATEL" ha remitido a este Despacho, por conducto de la Secretaría General de la Presidencia, certificación del "Acuerdo para la constitución de un Patrimonio unitario y para su enajenación, por medio de una sociedad mercantil por constituirse", de fecha veintitrés de junio de mil novecientos noventisiete;


CONSIDERANDO:

Que a juicio de la Presidencia de la República, en Consejo de Ministros, tanto las motivaciones como las disposiciones de dicho acuerdo se ajustan a la legislación aplicable y a la política general del Estado;


POR TANTO,

En ejercicio de la función que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República y con fundamento en el artículo 93 de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto 57-92 del Congreso de la República, reformado por el Decreto 20-97 del Congreso de la República,


en Consejo de Ministros

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