ACUERDO GUBERNATIVO 15-2005
Reforma el Reglamento de la Ley de Propiedad Industrial, Acuerdo Gubernativo número 89-2002 del 18 de marzo de 2002.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 15-2005
Guatemala, 18 de enero del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
CONSIDERANDO:
Que con el propósito de tener un instrumento legal para desarrollar los procedimientos previstos para la inscripción de los derechos de Propiedad Industrial se emitió el Acuerdo Gubernativo número 89-2002 de fecha 18 de marzo del año 2002, que contiene el Reglamento de la Ley de Propiedad, Decreto número 57-2000 del Congreso de la República,
CONSIDERANDO:
Que la aplicación de algunas disposiciones del mencionado Reglamento provoca inconvenientes tanto para las autoridades del Registro de la Propiedad Intelectual como para los usuarios; lo que, en la práctica, ha dificultado alcanzar los objetivos de la Ley, por lo que debe reformarse dicho reglamento.
CONSIDERANDO:
Que en el Registro de la Propiedad Intelectual existe, actualmente, un número considerable de inscripciones, anotaciones y cancelaciones en los libros correspondientes que no fueron firmadas, en su oportunidad, por el Registrador al que correspondía por el ejercicio del cargo, lo cual afecta la seguridad y certeza jurídica en perjuicio de los derechos de los respectivos titulares, por lo que es procedente dictar las disposiciones legales que permitan subsanar las indicadas irregularidades.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República
ACUERDA:
Emitir las siguientes:
REFORMAS AL REGLAMENTO DE LA LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, ACUERDO GUBERNATIVO No. 89-2002 DEL 18 DE MARZO DE 2002
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