ACTA 29-2004
Reglamento para la Prestación del Servicio de Taxi rotativo y estacionario en el Municipio de Pastores.
REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TAXI ROTATIVO Y ESTACIONARIO EN EL MUNICIPIO DE PASTORES.
El infrascrito Secretario de la Municipalidad de Pastores municipio de Sacatepéquez
CERTIFICA
Tener a la vista el libro de Actas de Sesiones del Concejo Municipal en donde se encuentra el acta número 29-2,004 de fecha once (11) de junio del año dos mil cuatro, la que en su punto TERCERO en su parte conducente textualmente dice:
CONSIDERANDO
Que corresponde a las autoridades del municipio, ejercer el gobierno y administración de sus bienes y realizar las acciones necesarias para el fortalecimiento económico, que permitan atender las necesidades de los servicios públicos, fijando para el efecto las tasas por la prestación de dichos servicios, a través de las ordenanzas y reglamentos que corresponda.
CONSIDERANDO
Para el desarrollo del servicio de transporte de taxi rotativo y estacionario de municipio de Pastores, por no estar regulado, es necesario la emisión de normas mínimas que garanticen los deberes y derechos de los usuarios y propietarios o pilotos prestatarios.
POR TANTO
Con fundamento en lo considerado en los artículos 253, 254, 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 6, 33, 35, 67, 68, 100, 101 del Código Municipal, Decreto No. 12-2002 del Congreso de la República.
ACUERDA
El reglamento para la prestación del servicio de taxi rotativo y estacionario en el Municipio de Pastores
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
- Buscado: 936 veces.
- Ficha Técnica: 4 veces.
- Imagen Digital: 4 veces.
- Texto: 4 veces.
- Formato PDF: 1 veces.
- Formato Word: 1 veces.