ACUERDO MINISTERIAL  1221-2004

Emite Normas pare el Registro de Personas Individuales o Jurídicas interesadas en realizar actividades vinculadas con insumos para uso agrícola y los requisitos para el registro ante el Ministerio de Agricultura.

*Derogado por el artículo 83 del Acuerdo Ministerial número 127-2009 del Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación de fecha 01-04-2009.

ACUERDO MINISTERIAL No. 1221-2004

Edificio Monja Blanca: Guatemala, 28 de mayo del 2004

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación atender los asuntos concernientes al régimen jurídico que rige la producción agrícola así como mejorar las condiciones alimenticias de la población, sanidad agropecuaria y el desarrollo productivo nacional.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el Decreto Número 36-98 del Congreso de la República, Ley de Sanidad Vegetal y Animal, corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería, y Alimentación ejecutar y coordinar acciones para el establecimiento, aplicación de normas y procedimientos, control de insumos para uso agrícola, registro, supervisión y control de los establecimientos que importen, produzcan, formulen, distribuyan o expendan.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Acuerdo Gubernativo-Número 745-99 de fecha 30 de septiembre de 1999, Reglamento de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, el registro y los requisitos que deben reunir las personas jurídicas o individuales interesadas en realizar actividades vinculadas con insumos para uso agrícola y animal deberán ser contemplados en Acuerdo Ministerial emitido por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en consecuencia es procedente que se emita la correspondiente disposición legal.

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República y sus reformas; 14 de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Decreto Número 36-98 del Congreso de la República; 55, 59, 75, 93, 96 del Reglamento de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Acuerdo Gubernativo Número 745-99 de fecha 30 de septiembre de 1999; 6º del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo Número 278-98 de fecha 20 de mayo de 1998, reformado por el Acuerdo Gubernativo Número 746-99 de fecha 30 de septiembre de 1999.

ACUERDA:

Emitir los siguientes:

NORMAS PARA EL REGISTRO DE PERSONAS INDIVIDUALES O JURÍDICAS INTERESADAS EN REALIZAR ACTIVIDADES VINCULADAS CON INSUMOS PARA USO AGRÍCOLA Y LOS REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE INSUMOS PARA USO AGRÍCOLA EN EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

 
...
Consultas:
  • Buscado: 4,926 veces.
  • Ficha Técnica: 65 veces.
  • Imagen Digital: 65 veces.
  • Texto: 64 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 9 veces.
  • Formato Word: 11 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu