ACUERDO GUBERNATIVO  731-2003

Reglamento para la Prestación del Servicio Cívico Militar.

*Sin lugar la inconstitucional por el Expediente 3914-2008 de la Corte de Constitucionalidad de fecha 09-02-2010.

*Derogado por el Acuerdo Gubernativo 345-2010 del Presidente de la República de fecha 26-11-2010.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 731-2003

Guatemala, 21 de noviembre de 2003

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo que preceptúa la Constitución Política de la República de Guatemala todos los guatemaltecos tienen la obligación de prestar servicio militar y social de acuerdo con la ley; así como de servir y defender a la Patria;

CONSIDERANDO:

Que la Ley del Servicio Cívico presenta la posibilidad que el servicio sea prestado en el Ejército de Guatemala tanto en la fuerza permanente como en las reservas militares;

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario emitir nuevo reglamento que norme la forma en que dicho servicio militar debe ser prestado, debido a que el reglamento vigente no se ajusta a las modernas necesidades de la prestación del servicio cívico;

POR TANTO:

En ejercicio de las facultades que le confieren los incisos c y e del artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala,

ACUERDA:

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO CÍVICO MILITAR

DISPOSICIONES GENERALES

 
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