ACUERDO GUBERNATIVO  541-2003

Autoriza temporal y expresamente a la SAT, para que a solicitud de interesado, exonere de las multas, recargos e intereses incurridos por omitir el pago oportuno de los derechos arancelarios y el IVA en la importación de vehículos.

Autoriza temporal y expresamente a la SAT, para exonerar de multas, recargos e intereses incurridos por omitir el pago oportuno de derechos arancelarios y del Impuesto al Valor Agregado en la importación de los vehículos.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 541-2003

Guatemala, 18 de septiembre de 2003

El presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que el Organismo Ejecutivo ha emitido disposiciones tendientes a facilitar que regularicen su situación tributaria, quienes obviaron en su oportunidad dar aviso de la terminación de sus actividades.

CONSIDERANDO:

Que en congruencia con el espíritu de dichas disposiciones, corresponde favorecer el cumplimiento de las obligaciones tributarias sustantivas, a cargo de propietarios de vehículos que han sido objeto de acciones judiciales emprendidas por la Superintendencia de Administración Tributaria, por haber omitido el pago de los derechos arancelarios y del Impuesto al Valor Agregado en la importación de los vehículos.

POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, incisos e), q) y r) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en lo preceptuado en el artículo 154, de la citada Constitución Política de la República; y en los artículos 3, numeral 2, y 97 del Código Tributario, Decreto número 6-91 del Congreso de la República.

ACUERDA:

 
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