DECRETO DEL CONGRESO 50-99
Ley de Creación del Parque Regional y Área Natural Recreativa "Volcán de Suchitán", Municipio de Santa Catarina Mita, Departamento de Jutiapa.
DECRETO NUMERO 50-99
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que es obligación del Estado, crear, fomentar y desarrollar parques nacionales en lugares del territorio nacional, en donde existan condiciones adecuadas para ello, procurando la conservación del patrimonio natural, las bellezas naturales y la biodiversidad, sobre todo en lo que se refiere a especies en vías de extinción así como de los fenómenos naturales únicos.
CONSIDERANDO:
Que los habitantes de la República tienen la necesidad de poseer áreas de recreación espiritual, deportiva y turística para su esparcimiento, siendo obligación del Estado proveerlos de dichas áreas y velar por su protección y mantenimiento.
CONSIDERANDO:
Que en el municipio de Santa Catarina Mita, del departamento de Jutiapa, se encuentra un área considerada como forestal natural identificada como Volcán de Suchitán.
CONSIDERANDO:
Que dicha área corre peligro de destrucción total a causa de la deforestación, el uso irracional de sus recursos o por invasores ilegales que pudieran darse, haciendo que se pierda un invaluable hábitat de biodiversidad de flora y fauna así como un pulmón verde de oxigenación del municipio de Santa Catarina Mita, y que por lo tanto es necesario legislar, con el objeto de protegerlo, conservarlo y ponerlo a disposición de los guatemaltecos como un área de recreación.
POR TANTO:
En el uso de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) y en cumplimiento a los artículos 64 y 97, todos de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
La siguiente:
LEY DE CREACION DEL PARQUE REGIONAL Y AREA NATURAL RECREATIVA VOLCAN DE SUCHITAN,
MUNICIPIO DE SANTA CATARINA MITA, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA.
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