ACUERDO GUBERNATIVO  145-2000

Reglamento de la Ley de Servicios de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre

*Derogado por el artículo 36 del Acuerdo Gubernativo Número 75-2003 del Presidente de la República

ACUERDO GUBERNATIVO No. 145-2000

Guatemala, 6 de abril de 2000

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que la salud de los guatemaltecos es un bien público y que es un deber del estado velar por la misma, desarrollando a través de sus instituciones, acciones para garantizar su prevención, promoción, recuperación y rehabilitación.

CONSIDERANDO:

Que dentro de las acciones de prevención sanitaria está el regular y controlar los servicios de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre, con el fin de garantizar los procedimientos de utilización de sangre humana para uso terapéutico y de investigación.

CONSIDERANDO:

Que el Código de Salud y la Ley de Servicios de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre, constituyen los cuerpos legales específicos en esta materia, mismos que mandan que la autorización, funcionamiento y control de los servicios de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre corresponde al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, a través de sus instituciones competentes con la asesoría de la Comisión nacional de Servicios de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre.

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

ACUERDA:

Emitir el Siguiente,

REGLAMENTO DE LA LEY DE SERVICIOS DE MEDICINA TRANSFUSIONAL Y BANCOS DE SANGRE.

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO

 
...
Consultas:
  • Buscado: 2,828 veces.
  • Ficha Técnica: 43 veces.
  • Imagen Digital: 43 veces.
  • Texto: 43 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 3 veces.
  • Formato Word: 6 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu