CONVENIO 0259
Acuerdo de Cooperación en Materia Ambiental entre la Comisión Nacional de Medio Ambiente de Guatemala y la secretaria del medio ambiente de México.
El Presidente de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que con fecha 31 de octubre de 1997, se suscribió en la ciudad de Tapachula, Chiapas, México el "ACUERDO DE COOPERACIÓN EN MATERIA AMBIENTAL ENTRE LA COMISIÓN NACIONAL DE MEDIO AMBIENTE DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Y LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS".
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, inciso o) de la Constitución Política de la República.
ACUERDA:
Ratificar el Instrumento a que se refiere el considerando anterior, el cual deberá publicarse en el Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Guatemala, a lo veintidós días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y ocho.
ALVARO ARZÚ IRIGOYEN
EL VICEMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
ENCARGADO DEL DESPACHO
GABRIEL AGUILERA PERALTA
ACUERDO DE COOPERACIÓN EN MATERIA AMBIENTAL ENTRE LA COMISIÓN NACIONAL DE MEDIO AMBIENTE DE LA REPUBLICA DE
GUATEMALA Y LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La Comisión Nacional de Medio Ambiente (CONAMA) de la República de Guatemala y la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP) de los Estados Unidos Mexicanos, a través del Instituto Nacional d ecología (INE), en adelante denominadas "las Partes";
ANIMADOS por el deseo de desarrollar su cooperación para fortalecer la capacidad de gestión ambiental en el área de conservación de la biodiversidad de ambos países;
CONSCIENTES de la importancia de acrecentar sus vínculos de cooperación en el campo del uso racional y manejo de recursos naturales y el establecimiento y conservación de áreas naturales protegidas, que son su patrimonio natural y cultural;
CONSIDERANDO su mutuo interés en el establecimiento y manejo de parque nacionales, reservas de la biosfera y áreas protegidas que pueden estar cerca o contiguas en ambas países y en la línea fronteriza, con el propósito de conservar los ecosistemas y promover el turismo natural y cultural;
TENIENDO presente que la gran diversidad biológica de los dos países y la presión demográfica sobre las áreas naturales protegidas y sus recursos, demanda la implementación de estrategias de conservación técnicas únicas para cada país;
BUSCANDO el desarrollo conjunto de estrategias adecuadas que apoyen el mantenimiento y restauración de la biodiversidad de ambos países, incluyendo aquellas relativas a la reintroducción de especies nativas compartidas, ya extintas localmente en los parques nacionales respectivos de Guatemala y México;
TOMANDO en consideración las disposiciones del Convenio de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, firmado el 10 de abril de 1987 y del Convenio sobre la Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente en la Zona Fronteriza, suscrito entre ambos países el 10 de abril de 1987;
Han acordado lo siguiente:
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