DECRETO DEL CONGRESO  34-92

Reforma al Decreto 51-86 Ley Orgánica de la Escuela Nacional Central de Agricultura (ENCA).

DECRETO NÚMERO 34-92

El Congreso de la República de Guatemala,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto número 51-86, el Congreso de la República, emitió la Ley Orgánica de la Escuela Nacional Central de Agricultura (ENCA), que tiene como fin la formación de técnicos agrícolas y forestales de nivel medio, así como planificar, coordinar, supervisar y realizar estudios que coadyuven al desarrollo agropecuario y forestal del país;

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario introducir reformas al Decreto número 51-86, a efecto de dotar a la Escuela Nacional Central de Agricultura (ENCA), de un instrumento jurídico que le dé mayor amplitud de criterio para que pueda desarrollar sus programas en una forma más dinámica y autogenerada.

POR TANTO,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el inciso a) del Artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,

DECRETA:

Las siguientes

Reformas a la Ley Orgánica de la Escuela Nacional Central de Agricultura (ENCA), que está contenida en el Decreto número 51-86, reformado por el Decreto número 68-90, ambos del Congreso de la República, en la forma siguiente:

 
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