ACUERDO 5-93
Reformas por Adición al Acuerdo 277 y 46-86 de la Corte Suprema de Justicia.
ACUERDO NUMERO 5-93
La Corte Suprema de Justicia,
CONSIDERANDO:
Que en las vistas públicas o privadas que se celebran de conformidad con la ley en los asuntos que conoce la Corte Suprema de Justicia, se hace aconsejable dictar las directrices pertinentes para que en casos especiales, el Presidente del tribunal pueda disponer los recesos que estime convenientes según las circunstancias que se sucedan durante el desarrollo de la ausencia.
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos 203 y 205 de la Constitución de la República, 52, 53 y 54 literales a) y f) de la Ley del Organismo Judicial.
ACUERDA:
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