DECRETO DEL CONGRESO 3-99
Modifica el Decreto del Congreso número 17-95, Ley de Institutos de Educación por Cooperativa de Enseñanza
DECRETO NUMERO 3-99
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la descentralización del sistema educativo nacional es una de las políticas prioritarias de la administración pública, conscientes de la necesidad en viabilizar la adecuada prestación de los servicios educativos, partiendo de procesos de planificación, ejecución y administración educativa tendientes a la satisfacción de las necesidades e intereses de la población.
CONSIDERANDO:
Que para el cumplimiento de las funciones que las leyes asignan al Ministerio de Educación, como ente rector y ejecutor de las políticas educativas, se ha establecido una estructura administrativa que facilite la eficiencia y eficacia en la prestación de los servicios educativos en beneficio de la comunidad educativa.
CONSIDERANDO:
Que los Institutos de Educación Básica por Cooperativa constituyen una modalidad de servicio educativo que permite la participación activa de todos los miembros de la comunidad educativa, y que es necesario adecuar las normas para su funcionamiento, acorde a la estructura administrativa vigente del Ministerio de Educación.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
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