ACTA MUNICIPAL  027-2021.18

Plan de tasas, rentas, multas y demás tributos para el Municipio de San Pablo, Departamento de San Marcos.


ACTA NÚMERO 027-2021
PUNTO DÉCIMO OCTAVO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD DEL MUNICIPIO DE SAN PABLO, DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS.


CERTIFICA:

TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, NUMERO L-12-015-2021, AUTORIZADO POR LA CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS CON FECHA 26-01-2021, Y EN LA QUE A FOLIOS NUMEROS 369 AL 400 SE ENCUENTRA ASENTADA EL ACTA NUMERO 027-2021 DE FECHA 10/06/2021, EN LA CUAL SE ENCUENTRA EL PUNTO DECIMO OCTAVO QUE COPIADO LITERALMENTE DICE:

DECIMO OCTAVO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN PABLO DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS, CONSIDERANDO:

Que en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 72 del Código Municipal, establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.


CONSIDERANDO:

Que el plan de arbitrios del Municipio de San Pablo que incluye las tasas por servicio, fue aprobado según punto segundo, del acta Número 055-2012, de fecha doce de noviembre del año dos mil doce, y publicado en el Diario Oficial de Centro América, con fecha veinte de diciembre de dos mil doce, por lo que ya algunos valores son obsoletos y no alcanzan a la municipalidad para cubrir los costos de prestación de los servicios administrativos y públicos municipales.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 9, 33, 35 literales a), i), aa), 72, 100 literales r), f), 101, 105, 126 del Código Municipal, por unanimidad:


ACUERDA:

Aprobar el siguiente:


PLAN DE TASAS, RENTAS, MULTAS, Y DEMÁS TRIBUTOS PARA EL MUNICIPIO DE SAN PABLO.

A) SECRETARIA MUNICIPAL

 
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