ACUERDO 016/2020
Reforma al Reglamento de gastos de viático y otras erogaciones para el Tribunal Electoral del Deporte Federado.
ACUERDO No. 016/2020
EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DEPORTE FEDERADO:
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el Artículo 150 de la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte, Decreto número 76-97 del Congreso de la República de Guatemala, se instituyó como Órgano Rector y máxima autoridad en materia electoral dentro del deporte federado, al Tribunal Electoral del Deporte Federado, para la elección de los miembros de los Comités Ejecutivos, Tribunales de Honor y Comisiones Disciplinarias; teniendo a su cargo el desarrollo del proceso electoral, declarando en su oportunidad el resultado y la validez de las elecciones, o en su caso la nulidad parcial o total de las mismas.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 152 y 153 de la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y el Deporte, Decreto Número 76-97 del Congreso de la República de Guatemala, Artículo 8 Reglamento del Tribunal Electoral del Deporte Federado Este órgano puede disponer de viáticos y dietas razonables para su movilización para cualquier parte de la República y puede delegar su representación en personas Idóneas para supervisar el cumplimiento de sus funciones
CONSIDERANDO:
Que, por disposición legal, esta entidad goza de autonomía administrativa, financiera y funcional con respecto a los organismos rectores del Deporte Federado, asignándosele los recursos económicos necesarios para cubrir los gastos que de conformidad a su naturaleza y a sus funciones así lo exige.
CONSIDERANDO:
Que se cuenta con un Reglamento que regula lo concerniente a los gastos de viático y otros gastos derivados pero no se encuentra actualizado de acuerdo a las exigencias de la realidad económica del país, tanto para los Miembros del Tribunal Electoral del Deporte Federado, personal administrativo y delegados, por lo que es conveniente para un mejor aprovechamiento de los recursos financieros disponibles, emitir un cuerpo legal en que se normen esos aspectos.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confieren las normas antes citadas y el artículo 150 de la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte, Decreto Número 76-97 del Congreso de la República de Guatemala, y lo considerado;
ACUERDA:
Emitir la siguiente:
REFORMA AL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIÁTICO Y OTRAS EROGACIONES
PARA EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DEPORTE FEDERADO
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