ACUERDO MINISTERIAL  214-2020

Se acuerda aprobar la Normativa del programa de asistencia de medicamentos de inmunosupresión para pacientes de trasplante renal de adultos del Hospital General San Juan de Dios del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 214-2020

Guatemala, 21 de agosto de 2020


LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL:

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que el goce de la salud es un derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna. Que el Estado velará por la salud y la asistencia social de todos los habitantes, desarrollando a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social. Que la Salud de los habitantes de la Nación es un bien público y todas las personas e instituciones están obligadas a velar por su conservación y restablecimiento. Asimismo, cada ministerio está a cargo de un ministro de Estado, quien tiene la función de ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su ministerio, dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio.


CONSIDERANDO:

Que la Ley del Organismo Ejecutivo, preceptúa que, además de las que asigna la Constitución Política de la República de Guatemala y otras leyes, los Ministros tienen las atribuciones de cumplir y hacer que se cumpla el ordenamiento jurídico en los diversos asuntos de su competencia; dirigir y coordinar la labor de las dependencias y entidades bajo su competencia, así como la administración de los recursos financieros, humanos y físicos bajo su responsabilidad, velando por la eficiencia y la eficacia en el empleo de los mismos y dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo, conforme la ley.


CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, a través del Hospital General San Juan de Dios, ha iniciado acciones de recuperación en forma ambulatoria para los pacientes trasplantados en la Unidad de Nefrología, mediante el Programa de Asistencia de Medicamentos de Inmunosupresión para Pacientes de Trasplante Renal de Adultos, proveyendo para ello medicamentos inmunosupresores de conformidad con la normativa de dicho Programa. Que el tiempo para la administración de medicamentos de inmunosupresión ambulatorio para los pacientes que ingresan al Programa, es insuficiente para que recupere plenamente sus capacidades físicas, es necesario por tal motivo, modificar la Normativa del Programa de Medicamentos de Inmunosupresión para Pacientes de Trasplante Renal de Adultos del Hospital General San Juan de Dios, emitiendo el acuerdo ministerial que la apruebe con la modificación que amplía el plazo de dos años para el suministro de medicamentos de inmunosupresión ambulatoria para pacientes que ingresan al Programa de Trasplante Renal del citado Hospital, el cual contiene disposiciones de carácter general y de interés para el Estado.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 93, 94, 95 y 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal a) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 9 literal a) y 17 literales a), d) y f) del Decreto número 90-97, Código de Salud, ambos del Congreso de la República de Guatemala.


ACUERDA:

 
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