ACTA MUNICIPAL  81-2020.7

Se acuerda prorrogar la condonación temporal del 100 por ciento de las multas generadas hasta el tercer trimestre del año 2020 por la omisión en el pago del Impuesto Único Sobre Inmuebles en el tiempo previsto por la ley.


ACTA NÚMERO 81-2020 PUNTO SÉPTIMO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ANTIGUA GUATEMALA DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ.


CERTIFICA:

Haber tenido a la vista el libro de Actas de Concejo Municipal, en el cual aparece el Acta Numero ochenta y uno guión dos mil veinte (81-2020) de techa treinta y uno de agosto del dos mil veinte Punto séptimo numeral 7.1 Que en su parte conducente, textualmente.


El CONCEJO MUNICIPAL DE LA ANTIGUA GUATEMALA; I) ACUERDA PRORROGAR LA CONDONACION DE
MULTAS DEL IMPUESTO UNICO SOBRE INMUEBLE -IUSI- DEL MUNICIPIO DE ANTIGUA GUATEMALA


CONSIDERANDO

Que la Municipalidad de Antigua Guatemala, por medio de su Concejo Municipal, en el ejercicio de la administración del Impuesto Único Sobre Inmuebles, y de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 105 del Codigo Municipal, Decreto número 12-2002, y 14 de la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles. Decreto numero 15-98 ambos del Congreso de la República de Guatemala se encuentra legitimada para resolver sobre la condonación de las multas que se generen por la omisión del pago del repuesto Unico Sobre Inmuebles -IUSI- en el tiempo que la ley prevé siempre que lo adeudado se cubra en el tiempo que se señale con el propósito de facilitar a los contribuyentes el pago de dicho impuesto, buscar los mecanismos para procurar el fortalecimiento económico de su municipio.


CONSIDERANDO

Que la Municipalidad de Antigua Guatemala, por medio de su Concejo Municipal en el ejercicio de la administración del Impuesto Único sobre Inmuebles a través del Acta cincuenta y uno guión dos mil veinte (51-2020) Punto quinto de fecha cuatro de junio de dos mil veinte. Acordó condonar temporalmente el cien por ciento de las multas generadas hasta el segundo trimestre del año 2020, por la omisión en el pago del Impuesto Único Sobre Inmuebles en el tiempo previsto por la ley a los propietarios, poseedores y usufructuarios de bienes inmuebles ubicados en el área urbana, aldeas y fincas rusticas o rurales del municipio de Antigua Guatemala departamento Sacatepéquez.


CONSIDERANDO

Que la Municipalidad de Antigua Guatemala con plena justificación y legitimidad solidarizarse con los habitantes del municipio y proporcionarles formas accesibles para que puedan cumplir con las obligaciones contraídas con la Municipalidad siendo una de ellas el pago del Impuesto Único Sobre Inmuebles -IUSI-


POR TANTO

Con fundamento y en uso de las facultades legales que le confieren los artículos 134,138, 139, 253 literal c) y 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala: 3, 9, 33, 35, 40, 67, 70, 99, 100 y 105 del Código Municipal Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala.


ACUERDA

 
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