ACUERDO MINISTERIAL 156-2020
Se acuerda dejar sin efecto el Acuerdo Ministerial 105-2020, de fecha 17 de abril de 2020, que instituyó el cordón sanitario en la totalidad de la aldea Ixcanal, Municipio de San Agustín Acasaguastlán del Departamento de El Progreso.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 156-2020
Guatemala, 15 de junio de 2020
EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL
CONSIDERANDO
Que el Presidente de la República de Guatemala en Consejo de Ministros, emitió el Decreto Gubernativo Número 5-2020, ratificado por el Decreto Número 8-2020 del Congreso de la República de Guatemala, así como sus reformas y ampliaciones mediante los Decretos Gubernativos Números 6-2020, 7-2020 y 8-2020 ratificados por los Decretos Número 9-2020 y 21-2020 del Congreso de la República de Guatemala y asimismo las reformas y ampliaciones contenidas en el Decreto Gubernativo 9-2020 ratificado por el Decreto Legislativo 22-2020 del Congreso de la República de Guatemala declarando estado de calamidad pública en todo el territorio nacional como consecuencia del pronunciamiento de la Organización Mundial de la Salud de la pandemia de coronavirus COVID-19 como emergencia de salud pública de importancia internacional; habiéndose tomado Disposiciones Presidenciales en caso de Calamidad Pública y Órdenes para el Estricto Cumplimiento con el objeto de prevenir la propagación y mitigar el impacto del mismo.
CONSIDERANDO
Que la competencia administrativa que la ley otorga al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, específicamente en el artículo 39 literal d) del Decreto No. 114-97 Ley del Organismo Ejecutivo y en el artículo 9 del Decreto No. 90-97 Código de Salud, establecen que corresponde realizar estudios y proponer las directrices para la ejecución de programas de vigilancia y control epidemiológico como ente rector del sector salud; preceptuando el Decreto Gubernativo No. 5-2020 que el presente Ministerio, ejecute todas las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento al Plan de Prevención, Contención y Respuesta a casos de Coronavirus (COVID-19).
CONSIDERANDO
Que como parte del Plan para la Prevención, Contención y Respuesta a casos del Coronavirus (COVID-19) y sus anexos, así como el Manual de Normas y Procedimientos del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica de Guatemala, se ha dado seguimiento a los controles respectivos, por lo que se ha determinado que ha transcurrido un término prudencial sin que se hayan detectado nuevos casos de Covid-19 positivo en la totalidad de la Aldea Ixcanal, Municipio de San Agustín Acasaguastlán del departamento de El Progreso, por lo que se considera oportuno la finalización del Cordón Sanitario en la mencionada localidad, el cual fue instituido mediante acuerdo ministerial 105-2020 de fecha 17 de abril de 2020.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones establecidas en los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículo 27 literales a), d), f) y m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; artículos 6 y 15 numerales 1) y 2) del Decreto Número 7 de la Asamblea Constituyente de la República de Guatemala, Ley de Orden Público; artículos 37 literal b), 38 literal b), 52, 54, 56 y 58 del Decreto Número 90-97 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Salud; artículo 5 literales a) y b) del Decreto Gubernativo No. 5-2020 con sus respectivas reformas y ampliaciones mediante los Decretos Gubernativos 6-2020, 7-2020, 8-2020 y 9-2020 del Presidente de la República en Consejo de Ministros y el Plan para la prevención, contención y respuesta a caso de Coronavirus (COVID-19) en Guatemala y sus anexos.
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