ACTA MUNICIPAL  50-2017.9

Reglamento Para La Administración Y Prestación Del Servicio De Abastecimiento De Agua Y Alcantarillado Del Municipio De Juan Ixcoy, Huehuetenango.

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN IXCOY, DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO, CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS NUMERO 1-2,017 DE SESIONES ORDINARIAS QUE SE LLEVA EN LA MUNICIPALIDAD, EN EL QUE, APARECE EL PUNTO NOVENO DEL ACTA NUMERO 50-2017 DE FECHA DIECINUEVE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE QUE COPIADO LITERALMENTE DICE:

NOVENO: El Concejo Municipal, CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, se garantiza al municipio el ejercicio de su autonomía, ya que elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos. CONSIDERANDO: Que para el cumplimiento de los fines que le son inherentes, coordinará sus políticas con las políticas generales del Estado y en su caso, con la política especial del ramo al que corresponda. CONSIDERANDO: Que el municipio como institución autónoma de Derecho público, tiene personalidad jurídica y capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, y en general para el cumplimiento de sus fines en los términos legalmente establecidos. CONSIDERANDO: Que el Concejo Municipal es el Órgano Colegiado Superior de liberación y de decisión de los asuntos municipales, cuyos miembros son solidaria y mancomunadamente responsables en la toma de decisiones, velando por la integridad de su patrimonio, garantizar sus intereses con base valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos. CONSIDERANDO: Que para una administración municipal más eficaz y eficiente, se hace necesario la actualización de los diferentes MANUALES Y REGLAMENTOS aplicables a la Municipalidad de San Juan Ixcoy, Huehuetenango. POR LO TANTO: Basado en los Artículos 3, 9, 33, 34 35 incisos a), e), i) 39, 40, 42, del Código Municipal Decreto Legislativo Número 12-2,002 y Reformas contenidas en el Decreto 22-2010. Artículo 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala. El Concejo Municipal, por mayoría absoluta, ACUERDA: Artículo 1) Aprobar el REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION Y PRESTACION DEL SERVICIO DE ABASTESIMIENTO DE AGUA Y ALCANTARILLADO. Artículo 2) Ordenar al o la encargado (a) de la Oficina Municipal de Acceso a la Información Pública, su impresión y empastado. Artículo 3) Ordenar su Publicación en el Diario Oficial. Artículo 4) Transcríbase y Remítase a donde corresponda.

ESTRUCTURACIÓN:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN IXCOY, HUEHUETENANGO

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el Municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.


CONSIDERANDO:

Que a pesar de que en el Municipio de San Juan Ixcoy, Huehuetenango, se presta el servicio público municipal de abastecimiento de agua potable y alcantarillado, es necesario emitir un reglamento que lo regule, estableciendo normas claras sobre su administración, uso y los derechos y deberes de la Municipalidad y los vecinos al respecto.


POR TANTO:

El Concejo Municipal, con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República; 3, 33, 35, 68. 72, 100 y 101 del Código Municipal (decreto 10-2012 y sus reformas, por unanimidad:


ACUERDA:

Aprobar el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION Y PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE
AGUA Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE JUAN IXCOY, HUEHUETENANGO


TÍTULO I GENERALIDADES Y ADMINISTRACIÓN
CAPÍTULO ÚNICO OBJETO, PRINCIPIOS Y ADMINISTRACIÓN

 
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