ACUERDO MINISTERIAL  580-2018

Se acuerda IMPLEMENTAR LOS MURALES DE AUTORIZACIÓN E INFORMACIÓN DE LOS CENTROS EDUCATIVOS DEL SECTOR PRIVADO.


ACUERDO MINISTERIAL No. 580-2018

Guatemala, 26 de febrero de 2018


EL MINISTRO DE EDUCACIÓN


CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la familia es fuente de la educación y los padres tienen derecho a escoger la que ha de impartirse a sus hijos menores; así mismo, establece que los centros educativos privados funcionarán bajo la inspección del Estado y están obligados a llenar, por lo menos, los planes y programas oficiales de estudio.


CONSIDERANDO:

Que, la Ley de Educación Nacional y su Reglamento, y el Decreto Ley número 116-85 del Jefe de Estado desarrollado en los Acuerdos Gubernativos números 36-2015 y 52-2015, regulan la autorización, funcionamiento y cuotas de los centros educativos privados, que autoriza el Ministerio de Educación, quien tiene la responsabilidad de velar por su correcta aplicación y cumplimiento.


CONSIDERANDO:

Que, para transparentar la administración de los servicios educativos autorizados por el Ministerio de Educación a los centros educativos del sector privado, es necesario emitir la normativa legal que establezca los lineamientos para lograrlo; por lo que deberán publicar de manera permanente y a la vista de toda persona la información relacionada con los niveles, ciclos educativos, carreras y cuotas autorizadas; la que es de estricto interés del Estado, y como consecuencia la publicación deberá efectuarse sin costo alguno.


POR TANTO:

En ejercicio de la funciones que le confieren los artículos 73 y 194, literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 23 y 27, literales a), c), f) y m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 23 del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional; 77 del Acuerdo Gubernativo M. de E. 13-77, Reglamento de la Ley de Educación Nacional; Decreto Ley número 116-85 del Jefe de Estado; Acuerdo Gubernativo número 36-2015, Reglamento del Régimen de Cuotas para Centros Educativos Privados; y Acuerdo Gubernativo número 52-2015, Reglamento para la Autorización y Funcionamiento de Centros Educativos Privados.


ACUERDA:


IMPLEMENTAR LOS MURALES DE AUTORIZACIÓN E INFORMACIÓN DE LOS
CENTROS EDUCATIVOS DEL SECTOR PRIVADO

 
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