ACUERDO MINISTERIAL  146-2017

Se Acuerda Implementar el Sistema de Gestión y Atención en Salud, a Través del Cual se Fortalece y Desarrolla de Manera Institucional el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

*Derogado por el Acuerdo 152-2017 de fecha 7/12/2017.


ACUERDO MINISTERIAL No. 146-2017

Guatemala, 08 de noviembre de 2017


EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que la salud es un derecho fundamental del ser humano, siendo obligación del Estado garantizarlo a sus habitantes sin discriminación alguna, facilitando su acceso y procurándoles bienestar físico, mental y social. Y que de conformidad con lo preceptuado por el Código de Salud el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, coordinará las acciones necesarias para la promoción de vida de las poblaciones, a nivel individual, familiar y comunitario.


CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento a las disposiciones legales reguladas en el Decreto 114-97 del Congreso de la República de Guatemala establece que al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social le corresponde, formular las políticas, hacer cumplir el régimen jurídico relativo a la salud preventiva y curativa, las acciones de protección, promoción, recuperación y rehabilitación de la salud física y mental de los habitantes del país, la preservación higiénica del medio ambiente; la orientación y coordinación dé la cooperación técnica y financiera en salud, así cómo velar por el cumplimiento de los tratados y convenios internacionales relacionados con la salud en casos de emergencias por epidemias y desastres naturales, dirigir en forma descentralizada el sistema de capacitación y formación de los recursos humanos del sector salud, además se hace necesario que se implementen y desarrollen las medidas, procesos y estrategias pertinentes para que la prestación de servicios de atención en salud a las personas, familias y comunidades, sean brindados de manera integral por la red de establecimientos; garantizando el acceso a los servicios públicos de salud a la población, y así lograr el bien común. El presente Acuerdo Ministerial es una disposición de interés social y general para el Estado.


POR TANTO:

En el ejercicio de las Junciones que le confieren los Artículos: 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), c), d), f) y m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; 4, 9 literal a), 11,17 literales a), c), d), f) y g) del Decreto Numero 90-97 del Congreso de la República, Código de Salud, 2, 6, 10 y 12 del Acuerdo Gubernativo no. 115-99, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social:


ACUERDA

 
...
Consultas:
  • Buscado: 12,954 veces.
  • Ficha Técnica: 154 veces.
  • Imagen Digital: 147 veces.
  • Texto: 149 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 3 veces.
  • Formato Word: 3 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu