ACTA MUNICIPAL  54-2017.9

Se acuerda restringir la circulación de transporte pesado de carga, de lunes a viernes, en horarios indicados en el municipio de Villa Canales, Departamento de Guatemala.


ACTA NÚMERO 54-2017.9
SESIÓN ORDINARIA
23 DE OCTUBRE DE 2017


CONCEJO MUNICIPAL
MUNICIPIO DE VILLA CANALES, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que el Artículo 3 del Decreto 12-2002, Código Municipal preceptúa que en ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos.


CONSIDERANDO:

Que con fecha 6 de septiembre del año 2006, fue notificada a la Municipalidad, el acuerdo gubernativo número 453-2006 de fecha 31 de enero de 2006, en el cual se traslada la Competencia de Tránsito a la Municipalidad de Villa Canales, departamento de Guatemala, de conformidad con la Resolución número 00548 de fecha 5 de junio 2006, emitida por el Ministerio de Gobernación.


CONSIDERANDO:

Que es de interés de ésta Administración Municipal emprender acciones que le permitan a las personas que transitan por Villa Canales obtener mayor fluidez vehicular y así evitar congestionamientos en horas pico, tomando en cuenta que la vía alterna del área sur es un paso directo que desemboca en nuestras rutas principales las cuales los municipios vecinos utilizan para llegar a la ciudad, por lo que se hace necesario realizar un cambio de horario de restricción de transporte pesado con el fin de prestar un mejor servicio a la población.


POR TANTO:

Con base a lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos: 2, 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 77 de la Ley y Reglamento de Tránsito, 3, 6, 7, 9, 11, 30, 35, 38, 40, 42, 68, inciso d) del Decreto 12-2002, 26, 253, 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, luego de realizar la deliberación respectiva este Cuerpo Colegiado por unanimidad;


ACUERDA:

 
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