ACTA MUNICIPAL  27-2017.3

Se Acuerda Derogar el Acuerdo Municipal Número 03-2017, referente al Reglamento para otorgar en arrendamiento terrenos municipales Ubicados en la Finca (3773), Sololá.



EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO ATITLAN,
DEL DEPARTAMENTO DE SOLOLA.-


CERTIFICA:

Tener a la vista el Libro de Actas de Sesiones Ordinarias y Extra Ordinarias del Concejo Municipal. AUTORIZADO por la Contraloría General de Cuentas de la Nación, que para el efecto se lleva en ésta Secretaría Municipal, en el cual se encuentra asentada el Acta de Sesión Ordinaria No. 27-2017, de fecha: Ocho de Mayo de dos mil diecisiete (08-05-2017), cuyo punto TERCERO: que copiado textualmente dice:

TERCERO: El ciudadano PC. Juan Antonio Velásquez Petzey, Alcalde Municipal, en uso de la palabra, propone al Concejo Municipal la derogatoria del ACUERDO MUNICIPAL NUMERO: 03-2017, relacionado con el REGLAMENTO PARA OTORGAR EN ARRENDAMIENTO TERRENOS MUNICIPALES UBICADOS EN FINCA NUMERO TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES (3773), FOLIO DOSCIENTOS TREINTA Y UNO (231) DEL LIBRO VEINTITRES (23) DE SOLOLA. Publicado en el Diario de Centro América, Edición No. 39,420, de fecha: diez de febrero del año dos mil diecisiete (10-02-2017), Páginas Cinco, seis y siete (5, 6 y 7), en virtud de que se le está dando interpretación malintencionadas por parte de personas con intereses políticas, situación que está creando un ambiente hostil dentro de la población, y para evitar que este tema siga generando conflicto, propone al Honorable Concejo Municipal, la derogatoria del mismo y dejar sin efecto su aplicación. Se procede a tratar el asunto. Es del consenso general del Concejo Municipal, evitar la conflictividad social, violencia y enemistad por un tema que es competencia del mismo Concejo Municipal dejar sin efecto y derogar. CONSIDERANDO: Que el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales, cuyos miembros son solidaria y mancomunadamente responsables por la toma de decisiones. POR TANTO: En uso de las facultades conferidas en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 9, 33, 35 inciso a), 40 y 42 del Código Municipal Decreto No. 12-2002, reformada por el Decreto No. 22-2010, ambos del Congreso de la República, por unanimidad.

ACUERDAN:

 
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