ACUERDO MINISTERIAL 081-2017
SE DA A CONOCER LA ADOPCIÓN DE LAS DECISIONES SUSCRITAS POR LAS PARTES DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LAS REPÚBLICAS DE COSTA RICA, EL SALVADOR, GUATEMALA, HONDURAS Y NICARAGUA.
ACUERDO MINISTERIAL No. 081-2017
Guatemala, 20 de febrero de 2017
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
CONSIDERANDO
Que de conformidad con la Constitución Política de la República, Guatemala normará sus relaciones con otros Estados, de acuerdo a los principios, reglas y prácticas internacionales, que para el caso de los acuerdos comerciales internacionales, de conformidad con la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del congreso de la República, le corresponde al Ministerio de Economía conducir sus negociaciones bilaterales, multilaterales y una vez aprobados y ratificados, encargarse de su ejecución.
CONSIDERANDO
Que la República de Guatemala tiene vigente desde el 1 de septiembre de 2013 el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, el cual fue aprobado por el Congreso de la República mediante el Decreto número 4-2013; Tratado dentro del cual se han suscrito decisiones relacionadas con el comercio entre sus Partes, que son de importancia y estricto interés del Estado de Guatemala y que por tal razón, se hace necesario emitir el presente Acuerdo Ministerial a fin de dar a conocer las mismas a la población en general para su observancia.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le asignan los artículos 27 literal m) y 32 literales c) y e) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República,
ACUERDA
DAR A CONOCER LA ADOPCIÓN DE LAS DECISIONES SUSCRITAS POR LAS PARTES DEL TRATADO
DE LIBRE COMERCIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LAS REPÚBLICAS DE COSTA RICA,
EL SALVADOR, GUATEMALA, HONDURAS Y NICARAGUA
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