ACUERDO  04-2015

Norma de reducción de desastres numero cuatro que establece las normas de seguridad en eventos socio-organizativos.


ACUERDO NÚMERO 04-2015

Guatemala, 18 de diciembre de 2015


EL CONSEJO NACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DE DESASTRES


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado se organiza para proteger a la persona y a la familia, su fin supremo es la realización del bien común, por lo que todas las medidas contenidas en la presente Norma deberán anteponerse y ser prioritarias a cualquier otro objetivo, sea de índole social, cultural, religioso, de negocios, político, deportivo o recreativo.


CONSIDERANDO:

Que la ley vigente positiva que regula lo concerniente a espectáculos públicos, fue promulgada mediante Decreto quinientos setenta y cuatro (574) de fecha veintinueve de febrero de mil novecientos cincuenta y seis, pero actualmente no reúne las condiciones necesarias en materia de garantizar la vida, la seguridad y la integridad física de las personas, así como el acceso a servicios de emergencia y atención médica, durante el desarrollo de eventos socio-organizativos, por lo que es necesario impulsar otras medidas en complemento al Decreto vigente, mediante la creación de una normativa que estipule las normas mínimas de seguridad en eventos socio-organizativos.


CONSIDERANDO:

Que la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres de Origen Natural o Provocado, tiene como finalidad establecer los mecanismos, procedimientos y normas que propicien la reducción de desastres, a través de la coordinación interinstitucional en todo el territorio nacional, por lo que dando, cumplimiento a lo que mandata el Decreto ciento nueve guión noventa y seis (109-96) del Congreso de la República de Guatemala, es procedente la creación de la Norma de Reducción de Desastres número cuatro, denominada "Normas Mínimas de Seguridad en Eventos Socio-Organizativos".


POR TANTO:

El Consejo Nacional para la Reducción de Desastres, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo tres inciso a) de la Ley de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres de Origen Natural o Provocado, Decreto 109-96, y el artículo ocho literales a y j del Reglamento de la Ley de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres de Origen Natural o Provocado, Acuerdo Gubernativo 49-2012.


ACUERDA:

Emitir la siguiente


NORMA DE REDUCCIÓN DE DESASTRES NÚMERO CUATRO
Normas Mínimas de Seguridad en Eventos Socio-Organizativos

 
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