ACTA MUNICIPAL  09-2015.3

Reglamento para la realización de consulta municipal a solicitud de vecinos del Municipio de San Juan Tecuaco, del Departamento de Santa Rosa.


ACTA NÚMERO 09-2015 PUNTO TERCERO


EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN TECUACO, DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA.


CERTIFICA

Tener a la vista el libro No. 20 de Actas Sesiones Ordinarias con resolución de la Contraloría General de Cuentas No. 4864, del Honorable Concejo Municipal, en donde se encuentra el Acta No. 09-2015 de fecha miércoles veintidós de abril del año dos mil quince, el cual en su punto conducente TERCERO literalmente dice:

TERCERO: El Honorable Concejo Municipal tuvo conocimiento del documento del REGLAMENTO PARA LA REALIZACION DE CONSULTA MUNICIPAL A SOLICITUD DE VECINOS DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN TECUACO, DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA. El cual fue presentado al pleno del Honorable Concejo Municipal en la Reunión Ordinaria 07-2015 en su punto cuarto de fecha miércoles veinticinco de marzo del año dos mil quince, se acordó, por la mayoría del honorable Concejo Municipal, dar trámite a la Consulta Municipal a Solicitud de Vecinos.


CONSIDERANDO:

Que las consultas municipales constituyen un mecanismo importante de expresión popular, por medio de las cuales se garantizan derechos fundamentales tales como los de libertad de acción y de emisión del pensamiento y el derecho de manifestación, siendo la clara expresión de un régimen democrático a través del cual los vecinos de los municipios tienen el derecho de expresarse con relación a los asuntos de carácter general que puedan afectarles directa o indirectamente, dentro del territorio de su municipio.


CONSIDERANDO:

Que las consultas municipales a solicitud de vecinos, se encuentran reguladas en el artículo 64 del Código Municipal Decreto 12-2002 del Congreso de la República, el cual establece el derecho de los vecinos a ser consultados.


CONSIDERANDO:

Que los incisos a), e i), del artículo 35 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República, confieren al Concejo Municipal, confieren al Concejo Municipal, las atribuciones de iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales... emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales.


CONSIDERANDO:

Que los procedimientos consultivos deben contar con marcos jurídicos adecuados que establezcan con precisión los procedimientos para llevar a cabo las consultas municipales a solicitud de vecinos, observando que en su desarrollo se cumplan con los principios electorales reconocidos por nuestra legislación, para que se garantice la fidelidad de los resultados; y que estos reflejen el parecer de los ciudadanos consultados.


POR TANTO:

En el ejercicio de las facultades y obligaciones que la ley le confiere.


ACUERDA:

Artículo 1°.EMITIR Y APROBAR EL

"REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DE CONSULTA MUNICIPAL A
SOLICITUD DE VECINOS DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN TECUACO,
DEL DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA", EL CUAL CONSTA DE SIETE (7)
CAPITULOS Y VEINTICUATRO (24) ARTICULOS Y QUEDA DE LA SIGUIENTE FORMA.


CAPITULO I
DE LA CONSULTA

 
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